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SG-SST
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· Actualizado 23 de mayo de 2026

Investigación de Accidentes de Trabajo: guía FURAT + Resolución 1401

Toda empresa con uno o más trabajadores está obligada a investigar accidentes de trabajo según Resolución 1401 de 2007. Esta guía detalla los plazos legales, el equipo investigador, la metodología y las salidas obligatorias.

Marco normativo de la investigación de accidentes

En Colombia la investigación de accidentes de trabajo está regida principalmente por la Resolución 1401 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, complementada por el Decreto 1072 de 2015 (Artículo 2.2.4.6.32) y la Resolución 0312 de 2019 (Estándares 3.1.4 y 7.1.2). Es uno de los procesos centrales del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El reporte inicial obligatorio es el FURAT (Formato Único de Reporte de Accidente de Trabajo) que la empresa debe radicar ante la ARL dentro de los plazos siguientes:

  • Accidente con resultado de muerte: dentro de los 2 días hábiles siguientes (Art. 14, Decreto 1295/1994).

  • Accidente Grave (definido en Res. 1401): dentro de los 2 días hábiles siguientes.

  • Accidente Leve: dentro de los 2 días hábiles siguientes — TODOS los accidentes deben reportarse, no solo los graves.

  • Adicionalmente: si el accidente es grave o fatal, notificar a la Dirección Territorial Mintrabajo y a la ARL dentro del mismo plazo.

NO reportar un accidente — incluso leve — es la sanción más frecuente en visitas de inspección Mintrabajo del sector SST. Se tipifica como Estándar Mínimo 3.1.4 incumplido con multa de 5 a 25 SMMLV según gravedad.

Equipo investigador: quiénes integran

La Resolución 1401 exige que la investigación sea realizada por un equipo, no por una persona individual. La composición depende de la gravedad del evento.

  • Jefe inmediato del trabajador accidentado (siempre).

  • Un representante del COPASST o del Vigía SST según tamaño empresa.

  • Responsable del SG-SST (siempre).

  • En accidentes mortales o graves: profesional con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo.

  • En accidentes mortales: representante de la alta dirección o quien él delegue formalmente.

  • Opcional pero recomendado: representante de la ARL para acompañamiento técnico.

Plazos legales de la investigación

La Resolución 1401 establece que la investigación debe iniciarse de inmediato y concluirse dentro de los siguientes plazos, contados desde la fecha del accidente:

  • Inicio de la investigación: inmediato (mismo día del accidente).

  • Reporte FURAT a ARL: dentro de los 2 días hábiles.

  • Informe de investigación completo: dentro de los 15 días calendario.

  • Aviso a Mintrabajo (mortales/graves): dentro de los 2 días hábiles.

  • Plan de acción derivado: implementación inmediata con seguimiento documentado.

  • Cierre de las acciones correctivas: en función del plan pero auditable por la ARL.

Metodología de investigación: 5-Why + Ishikawa

La Resolución 1401 no impone una metodología específica, pero sí exige que el método permita identificar la causa raíz, no solo las causas inmediatas. Las dos metodologías más usadas en Colombia son 5-Why (5 Porqués) y Ishikawa 6M (Espina de Pescado).

5-Why funciona preguntando "¿por qué?" repetidamente hasta llegar a la causa sistémica. Ejemplo: trabajador se golpeó con estructura metálica → ¿por qué? estructura sin señalización → ¿por qué? no estaba en la matriz IPER → ¿por qué? matriz no se actualizó después del cambio en planta → ¿por qué? procedimiento de gestión del cambio no se aplicó → CAUSA RAÍZ.

Ishikawa categoriza las causas en 6 M: Materiales, Maquinaria, Métodos, Mano de obra, Mediciones, Medio ambiente. Es útil cuando el accidente tiene múltiples causas concurrentes y se necesita mapear cada categoría sistemáticamente.

Contenido obligatorio del informe de investigación

El informe debe ser entregado a la ARL y conservado por la empresa por al menos 20 años (Art. 2.2.4.6.13, Decreto 1072). Su contenido mínimo es:

  • Identificación del trabajador (nombre, cargo, antigüedad, contrato).

  • Datos del accidente (fecha, hora, lugar exacto, testigos).

  • Descripción objetiva del evento (qué pasó, sin interpretaciones).

  • Causas básicas (factores personales: experiencia, fatiga, capacitación; factores del trabajo: equipos, procedimientos, supervisión).

  • Causas inmediatas (actos subestándar + condiciones subestándar).

  • Causa raíz identificada por la metodología aplicada (5-Why o Ishikawa).

  • Plan de acción correctivo con responsable, fecha límite y recurso necesario.

  • Lecciones aprendidas para socialización general.

  • Firmas del equipo investigador completo.

Plan de acción y seguimiento

El plan de acción derivado de la investigación debe tener acciones SMART (específicas, medibles, alcanzables, relevantes, temporalizadas). No basta con "capacitar al personal" — debe ser "capacitación sobre uso seguro de prensa hidráulica con evaluación, dirigida a los 14 operarios del área, antes del 30 de junio, responsable Jefe de Planta".

Las acciones deben atacar la causa raíz, no solo la causa inmediata. Si el accidente fue por falta de señalización pero la causa raíz fue procedimiento de gestión del cambio deficiente, la acción debe corregir el procedimiento — no solo poner una señal.

El seguimiento del plan se documenta con evidencia (foto, acta, certificado) en plazos claros. Auditores ARL revisan que las acciones derivadas de investigaciones previas estén cerradas con evidencia, no solo "abiertas".

Socialización de lecciones aprendidas

La Resolución 1401 exige socializar las lecciones aprendidas. Esto NO significa solo difundir el accidente; significa convertirlo en aprendizaje organizacional accionable.

Formatos recomendados de socialización:

  • Alerta SST de una página con: qué pasó, causa raíz, qué cambió, qué debes hacer distinto.

  • Sesión grupal con personal de áreas similares (no solo el área accidentada).

  • Actualización de matriz IPER si el accidente reveló riesgo no identificado.

  • Actualización de procedimientos operativos cuando aplique.

  • Inclusión en inducción de personal nuevo y reinducción anual.

En este artículo
01Marco normativo de la investigación de accidentes02Equipo investigador: quiénes integran03Plazos legales de la investigación04Metodología de investigación: 5-Why + Ishikawa05Contenido obligatorio del informe de investigación06Plan de acción y seguimiento07Socialización de lecciones aprendidas
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Preguntas frecuentes

La Resolución 1401 (Art. 3) define como Grave: accidentes con lesiones que generen amputación, fractura de huesos largos, lesiones severas de mano, trauma craneoencefálico, lesiones de columna con compromiso de médula, lesiones que pongan en riesgo la vida o requieran tratamiento intra-hospitalario superior a 24 horas. Si hay duda, tratar como grave para no incurrir en sanción por subreporte.

La empresa contratante (donde ocurrió el evento) lidera la investigación junto con la empresa contratista del trabajador. Ambas tienen responsabilidad solidaria de investigar e implementar acciones. Mintrabajo sanciona a ambas si la investigación es deficiente.

Sí, y es altamente recomendable. La Resolución 1401 aplica a accidentes (con lesión) pero el Decreto 1072 menciona los incidentes en gestión preventiva. Investigar incidentes con la misma rigurosidad previene accidentes futuros — empresas con cultura SST madura investigan 5-10 incidentes por cada accidente real.

Es hallazgo grave en auditoría ARL y Mintrabajo. Tipifica como "falta de seguimiento al SG-SST" (Res. 0312 Estándar 7.1.2). En caso de accidente similar posterior, la responsabilidad legal y la cuantía de las indemnizaciones se ven agravadas por el antecedente no cerrado.

Sí, en términos de estructura. Lo que cambia es la profundidad de análisis: un leve sin tiempo perdido puede tener informe de 1-2 páginas; un fatal requiere informe extenso con anexos (fotos, planos, declaraciones, peritajes). El formato base puede ser el mismo, escalable según gravedad.

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